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Analizamos la única causa legalmente prevista (artículo 9.3 LAU), además del incumplimiento del arrendatario, que permite al arrendador resolver anticipadamente el contrato de arrendamiento de vivienda antes del vencimiento de sus prórrogas obligatorias si necesitar fijar en el inmueble su propia vivienda, la de sus padres, hijos o, en caso de separación o divorcio, el de su cónyuge.